Trámites migratorios en Cuba

Ratio: 4 / 5

Inicio activadoInicio activadoInicio activadoInicio activadoInicio desactivado
 
Valoración:
( 2 Clasificaciones )

 La Dirección de Identificación Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior aplica y controla la legislación en materia de identidad, migración, extranjería, ciudadanía y registro electoral.


REQUISITOS PARA LAS SOLICITUDES DE TRÁMITES MIGRATORIOS

Entrada a Cuba por razones humanitarias

Autorización de entrada por razón humanitaria a favor de los ciudadanos cubanos emigrados para visitar sus familiares allegados que hayan fallecido o se encuentren gravemente enfermo.

Requisitos:

  • Carné de identidad actualizado de la persona que sirve de referencia en Cuba.
  • Resumen de historia clínica del enfermo en Cuba o certificación de defunción, según corresponda.
  • Costo: sin gravamen.

Prórroga de estancia en el territorio nacional

Acto mediante el cual se autoriza la extensión de la permanencia en el territorio nacional a los cubanos emigrados y residentes en el exterior.

Requisitos

  • Póliza de seguro médico.
  • Sellos del timbre por valor de 625.00 CUP

Adquisición de la Ciudadanía Cubana por Nacimiento.

Acto mediante el cual se garantiza el derecho de adquirir la ciudadanía cubanaa los nacidos en el extranjero de padre o madre cubanos, conforme a lo establecido en el artículo 29, inciso c) de La Constitución de la República de Cuba.

Requisitos:

  • Pasaporte o documento de viaje equivalente de entrada a Cuba del interesado.
  • Pasaportes o documentos de identidad de sus representantes legales.
  • Solicitud del interesado o sus representantes legales, donde declara voluntad de adquirir la ciudadanía cubana por nacimiento.
  • De no concurrir uno de los padres, debe acreditarse la autorización del que no se presente, mediante documento expedido ante Notario Público del Ministerio de Justicia. De encontrarse en el exterior, debe exigirse se realice o legalice en la oficina consular cubana correspondiente.
  • En caso de realizarse la Escritura Notarial en Cuba, por padres que no residen de forma permanente en el territorio nacional, ésta deberá formularse ante la Consultoría Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia.
  • Cuando la solicitud se tramita por una tercera persona (Apoderado), esta deberá presentar Poder Notarial o Consular de los padres o representantes legales, mediante el cual se le autoriza a realizar y gestionar los documentos necesarios que requiere el trámite, así como la autorización consular o notarial para la ACCN de ambos padres del menor de edad o incapaz. 
  • Certificación de Nacimiento del interesado, expedida por el Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos Residentes en el Exterior.
  • Escritura notarial de la persona de referencia en Cuba que se compromete a garantizar su alojamiento y manutención, hasta tanto el interesado pueda disponer de vivienda e ingresos propios, cuando la intención es residir en el país.
  • Certificación de Nacimiento o documento de identidad del padre o madre cubano.
  • Costo: sin gravamen.

Residencia permanente

La Residencia Permanente se tramita por los extranjeros interesados en fijar su residencia en Cuba junto a padres, hijos, cónyuge cubanos o extranjeros residentes permanentes en Cuba.

Requisitos:

  • Modelo de solicitud debidamente llenado, sin borraduras,nitachaduras (datos biográficos).
  • 1 foto tipo carné.
  • Certificación de matrimonio acorde con las leyes cubanas.
  • Certificaciónde nacimientodehijos cubanos o extranjeros residentes permanentes en Cuba.
  • Certificación de las pruebas radiológicas,serológicas y VIH,de haber sido realizadas en el exterior, deberán estar debidamente legalizadas por la Oficina Consular cubana en el exterior y traducidas.
  • Certificación de antecedentes penales de su país de residencia debidamente legalizados y traducidos en el Consulado Cubano en el Exterior.
  • Escritura notarial de la persona de referencia en Cuba que se compromete a garantizar su alojamiento y manutención, hasta tanto el interesado pueda disponer de vivienda e ingresos propios.
  • Sellos de timbre por valor de 1000.00 CUP.
  • La  expedición del carné de identidad para extranjeros tiene un costo de sellos  de timbre por valor de 250.00 CUP
  • En caso de menores de 18 años no se exigirá los requisitos referidos en  e y f.

Prórroga de estancia en el territorio nacional a favor de extranjeros.

Es el acto mediante el cual se autoriza la extensión de la estancia en el territorio nacional a un extranjero.

Requisitos:

  • Pasaporte y visa de entrada a Cuba.
  • Póliza de seguro médico
  • En aquellos casos que se alojen en viviendas no acogidas al Decreto Ley 357/2018, se requerirá para el trámite de la presencia física y carné de identidad del familiar o amistad que lo represente.
  • Sellos del timbre por valor de 625.00 CUP por cada mes de extensión.

Cambio de sub-clasificación migratoria de turista a transeúnte.

Es el acto mediante el cual se modifica la motivación de viaje que dio origen a la entrada al territorio nacional de los extranjeros.

Requisitos:

  • Pasaporte y visa de entrada a Cuba.
  • Certificación de matrimonio o nacimiento, si lo requiere.
  • Póliza de seguro médico
  • Sellos de timbre por valor de 1000.00 CUP.
  • Reservación hotelera o registro de alojamiento en viviendas particulares.
  • En aquellos casos que se alojen en viviendas no acogidas al Decreto Ley 357/2018, se requerirá para el trámite de la presencia física y carné de identidad del familiar o amistad que lo represente.

Registro de estancia (para CRE y extranjeros).

Es la acción declaratoria que se ejecuta ante los órganos de Identificación, Inmigración y Extranjería por los extranjeros y cubanos residentes en el exterior que hayan extraviado o deteriorado sus visas durante su permanencia en el territorio nacional.

Requisitos:

  • Pasaporte y visa de entrada a Cuba.
  • En aquellos casos que se alojen en viviendas no acogidas al Decreto Ley 357/2018, se requerirá para el trámite de la presencia física y carné de identidad del familiar o amistad que lo represente.
  • Sellos de timbre por valor de 125.00 CUP.

Solicitud de confección de pasaporte corriente

El pasaporte es un certificado de identidad y ciudadanía que  se  expide, para surtir efecto sólo en cuanto a la admisión y estancia de su titular en el extranjero como ciudadano cubano.

Se admitirá como documento de identidad valido en el territorio nacional, cuando su titular reside permanente en el extranjero y se  encuentre en Cuba.

Requisitos:

  • Presencia física del titular.
  • Carné de Identidad o Tarjeta de Menor según corresponda.
  • Autorización formalizada ante notario público de los padres o los representantes legales que corresponda, de los menores de 18 años o incapaces.

Cambio legal

Las modificaciones, supresiones o adiciones en las generales del ciudadano y año de nacimiento que generan un cambio sustancial en la identidad de la persona, estas modificaciones son realizadas por el tribunal y en la certificación de nacimiento emitida por el Registro Civil debe consignarse en las observaciones el número de resolución por la cual se realizaron las modificaciones.

Requisitos:

  • Documento de identidad objeto del cambio, excepto para los trámites por pérdida.
  • Certificación de nacimiento para los trámites de Subsanación de error y Cambio legal.
  • Modelo de Egreso de Prisión para el trámite Salida de prisión.
  • Para el trámite por arribo a los 16 años de edad, si la tarjeta de menor no fue actualizada a los 12 años, deben presentarse la madre, padre o tutor legal del joven  en el acto de la solicitud del documento de identidad.
  • Sello de timbre por valor de 25 pesos moneda nacional para todos los tipos de solicitudes.

REQUISITOS PARA LAS SOLICITUDES DE CERTIFICO

Certificación de clasificación migratoria

Documento en que se certifica la condición que por las leyes corresponden al ciudadano extranjero residente en el país

  • Residente Permanente
  • Residente Temporal
  • Residente Inmobiliaria

Requisitos:

  • Presencia física del solicitante.
  • Documento de identidad.
  • Datos identificativos de la persona objeto de la solicitud.
  • Documentos probatorios que avalen la solicitud.
  • Sellos de timbre por valor de 15.00 MN.

Certificación de extranjería

Documento en que se certifica el acto de asentamiento o no en el registro de ciudadanos extranjeros

Requisitos:

  • Presencia física del solicitante.
  • Documento de identidad.
  • Datos identificativos de la persona objeto de la solicitud.
  • Documentos probatorios que avalen la solicitud.
  • Sellos de timbre por valor de 15.00 MN.

Certificación de movimiento migratorio de entrada y salida del país

Documento en que se certifica las entradas y salidas del territorio nacional a cubanos y extranjeros

Requisitos:

  • Presencia física del solicitante.
  • Documento de identidad.
  • Datos identificativos de la persona objeto de la solicitud.
  • Documentos probatorios que avalen la solicitud.
  • Sellos de timbre por valor de 15.00 MN.

Certificación de ciudadanía

Documento en que se certifica la adquisición o no de la ciudadanía cubana por nacimiento o por naturalización

Requisitos:

  • Presencia física del solicitante.
  • Documento de identidad.
  • Datos identificativos de la persona objeto de la solicitud.
  • Documentos probatorios que avalen la solicitud.
  • Sellos de timbre por valor de 20.00 MN.

Certificación de condición migratoria

Documento en que se certifica la condición que por las leyes corresponden al ciudadano cubano residente en el exterior

Emigrados: Emigrado, Negativa de regreso, Salida ilegal, Abandono misión

Residente en el exterior: Salida idenfinida y Residente en el exterior

Requisitos:

  • Presencia física del solicitante.
  • Documento de identidad.
  • Datos identificativos de la persona objeto de la solicitud.
  • Documentos probatorios que avalen la solicitud.
  • Sellos de timbre por valor de 15.00 MN.

Tarifas parpa la solicitudes en relación con trámites migratorios.

El Decreto-Ley No. 21/2020 estable que el pago del impuesto sobre documentos en sellos del timbre será en pesos cubanos.

La Resolución 171 de 2022 del Ministerio de Justicia (Gaceta Oficial No. 23 Extraordinaria de 2022) actualiza las tarifas para el cobro de los servicios jurídicos y sus modalidades que se prestan a personas naturales extranjeras y cubanas residentes permanentes en el exterior, a personas jurídicas extranjeras y para la legalización de documentos que surten efecto fuera del territorio nacional, incluidos los servicios para trámites migratorios.

¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?