Notarías estatales

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Las notarías estatales están subordinadas administrativamente a la Dirección Provincial de Justicia en Sancti Spíritus.

Teléfonos

Notaria Especial – 4132 6586
Notaría – 4133 6395, 4132 4635, 4132 6763
Unidad Notarial I de Sancti Spíritus – 4132 4635
Unidad Notarial II de Sancti Spíritus – 4132 6763
Unidad Notarial III de Sancti Spíritus – 41326586

TARIFAS DE SERVICIOS NOTARIALES
 

La Gaceta Oficial Ordinaria No.17, de 15 de febrero de este 2021 publica la Resolución No. 52 que actualiza las tarifas, en pesos cubanos, para la prestación de servicios notariales a personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional, así como las jurídicas estatales y no estatales, constituidas al amparo de la legislación cubana, incluidas las sociedades mercantiles de capital totalmente cubano y extranjero, empresas mixtas y los contratos de asociación económica internacional, unido a otros sujetos debidamente autorizados. Entre las disposiciones incluidas en la norma figuran que el cobro del servicio notarial se efectúa al momento de la autorización de los documentos notariales, con excepción del matrimonio, que se cobra al momento de la solicitud.

 

Actos notariales Tarifa en pesos cubanos
ESCRITURAS  
Donación de bienes inmuebles incluidos los funerarios 300
Donación de bienes muebles 225
Cesión de uso de azotea para ampliar o edificar una vivienda 175
Liquidación de la comunidad matrimonial de bienes 175
Liquidación de copropiedad 175
Constitución de copropiedad 175
Cesión de participación en copropiedad en la comunidad matrimonial de bienes 125
Descripción de obra nueva de personas naturales 250
Descripción de obra nueva de personas jurídicas 
a) Hasta 5000  pesos del valor de la obra 2500
b) De 5001  pesos hasta 10 000 5000
c) De 10 001  pesos hasta 100 000 7500
d) Por cada 100 000  o fracción de incremento 200
Descripción de obra nueva de personas jurídicas no estatales sin fines de lucro 500
Ampliación de edificaciones 
a) Para personas naturales 100
b) Para personas jurídicas 2500
c) Para personas jurídicas no estatales sin fines de lucro 500
División o Unificación de viviendas 225
Segregación o refundición de terrenos 
a) Para personas naturales 175
b) Para personas jurídicas 2500
c) Para personas jurídicas no estatales sin fines de lucro 500
Aceptación de herencia y adjudicación de bienes 225
Cesión de derechos hereditarios o de la herencia a título gratuito 100
Renuncia a la herencia 100
Permutas 
a) De terreno; se cobra por cada objeto de la permuta 125
b) De viviendas; se cobra por cada objeto de la permuta 250
c) De vehículos; se cobra por cada objeto de la permuta 175
Constitución de formas asociativas sin fines de lucro 1200
Constitución  de  sociedades  mercantiles  de  capital  totalmente cubano 2100
Constitución de empresas mixtas o de capital totalmente extranjero debidamente autorizado, de acuerdo a su capital social 8000
Filiales de Empresas de capital totalmente extranjero 6500
Modificación de escritura social y/o sus estatutos; elevación a público de acuerdos sociales: 
En empresa mixtas y de capital totalmente extranjero:  
a) Por la primera hoja   3000  
b) Por cada hoja o fracción de hoja adicional 100
En sociedades de capital totalmente cubano:   
a) Por la primera hoja   900  
b) Por cada hoja o fracción de hoja adicional 100
Escritura de fusión o transformación de sociedades:  
a) De empresa mixtas y de capital totalmente extranjero 5000
b) En sociedades de capital totalmente cubano 1500
Escritura de Disolución, extinción o liquidación de empresas mixtas y de capital totalmente extranjero 1500
Escritura de Disolución, extinción o liquidación de sociedades de capital totalmente cubano 500
Constitución de cooperativas no agropecuarias, otras formas de gestión no estatal que deriven en personas jurídicas 1200
a) Modificaciones estatutarias o elevación a público de acuerdos sociales 900
b) Extinción, disolución y liquidación de sociedades civiles, mercantiles, cooperativas no agropecuarias y otras formas asociativas sin fines de lucro 480
Contratos de Asociación Económica Internacional 5000
Modificación de Contrato de Asociación Económica Internacional 2500
Poderes  
a) General 75
b) Especial 90
c) Por su revocación 75
En todos los casos, si el poder se otorgó por más de un poderdante se cobrará por cada uno adicionalmente (con excepción de la comunidad matrimonial de bienes) 15
Matrimonio  
a) Por la formalización en la unidad notarial 75
b)  Por la formalización fuera de la unidad notarial 300
Autorización para obtención o actualización de pasaporte de menor de edad y viajes 60
Testamento  
a) Por el testamento y/o su revocación 100
b) Por cada legado u otras disposiciones 20
Divorcio 240
Modificación de convenciones de las relaciones paterno filiales 40
Otras escrituras de consentimiento o autorización 100
Contratos en los que medie precio, cantidad o su equivalente, con excepción de la constitución de sociedades mercantiles de capital cubano, se cobran de acuerdo a la siguiente escala: 
a) Hasta 10 000 320
De 10 001  a 50 000 400
De 50 001  a 100 000 600
De 100 001  a 150 000 1000
De 150 001  a 300 000 1250
De 300 001  a 500 000 1800
De 500 001  a 600 000 2100
De 600 001  a 700 000 2400
De 700 001  a 800 000 2700
De 800 001  a 900 000 3000
De 900 001  a 1 000 000 3300
b) A partir de 1 000 001  se incorpora la tarifa de 180  por cada 100 000  o fracción de incremento 
Otras escrituras 150
ACTAS 
Protestos de letras, pagarés o cualquier documento de crédito  
a) Hasta 2000  pesos 300
b) De 2001  pesos hasta 5000  pesos 455
c) De 5001  pesos hasta 8000  pesos 600
d) De 8001  pesos hasta 12 000  pesos 750
e) De 12 0001  pesos hasta 15 000  pesos 900
f) Más de 15 001  pesos 1050
Subsanación de error u omisión   100  
a) Para personas jurídicas estatales   500  
b) Para personas jurídicas no estatales 250
Protocolización 50
a) Por cada hoja del documento que se protocoliza 50
Si el acta de protocolización es de documentos relacionados con cualquiera de las modalidades de la inversión extranjera: 
a)  Por el Acta   900  
b) Por cada hoja del documento que se protocoliza 80
Fe de existencia 60
Notoriedad   120  
c) Para personas jurídicas estatales   500  
d) Para personas jurídicas no estatales 250
Declaración Jurada 90
Declaratoria de Herederos  
a) Con representación letrada 150
b) Por derecho propio 350
Requerimiento 150
Presencia 150
Otros actos de jurisdicción voluntaria  
a) Por derecho propio 275
b) Con representación legal 75
Remodelación u otras acciones constructivas en edificación 100
Por otras actas 120
DOCUMENTOS NO PROTOCOLIZABLES  
Testimonio por exhibición de cualquier documento 120
Por cada firma que se legitime en cada documento   30            
a) En documentos de empresas mixtas, de capital totalmente extranjero y contratos de Asociación Económica Internacional   100  
b) En documentos de sociedades mercantiles cubanas y otras personas jurídicas estatales y no estatales 80
Por cada documento que se coteje 30
Por cada libro que se habilite 30
Otros documentos no protocolizables 60
Por la expedición de copias de documentos matrices (se cobrará por cada hoja o fracción de esta) 30
BÚSQUEDA Y EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS  
Por la búsqueda y exhibición de cualquier documento matriz se cobra por cada año de protocolo buscado 30
Por la expedición de copias de documentos matrices
(se cobrará por cada hoja o fracción de esta)
30
DILIGENCIAS FUERA DE LA SEDE 
a) Durante el horario laborable se cobrará, adicionalmente, al servicio que se preste 30
b) En horas no laborables se cobrará adicionalmente 75
c) Si la persona es un adulto mayor, se encuentra hospitalizada o en un Hogar de Ancianos 50
Se exceptúan del cobro de la tarifa a que se refiere este punto los matrimonios, protestos de letra, pagaré o cualquier documento de crédito, actas de requerimiento y de presencia 

En la presente tarifa no están incluidos los impuestos sobre documentos u otros gravámenes establecidos y suponen que cada documento contenga un solo acto o contrato, por lo que, en cada caso, de contener más de uno, se aplicará a cada uno la tarifa que se establece en el mismo.

Está exento de pago todo acto que se realice en virtud de mandamiento judicial, así como toda copia de documentos que se solicite a instancia del Ministerio de Justicia o de las direcciones provinciales de Justicia, o por mandamiento judicial de la Fiscalía General de la República

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