Registro de Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos

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El Registro de Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos es una dependencia del Ministerio de Justicia cuya función social es la de inscribir los Partes Testamentarios y Actas de Declaratoria de Herederos que se otorgan en cualquiera de las notarías del país, así como cualquier modificación o anulación de estos instrumentos notariales por Resolución Judicial. 

Las solicitudes de certificaciones se pueden realizar a través del Formulario de solicitud de Actos de última voluntad y declaratoria de herederos o en la Oficina de trámites de la Dirección Provincial de Justicia

ATENCIÓN AL PÚBLICO

Dirección: Martí 62 Sur e/ Ernesto Valdés Muñoz. y Raimundo de Pisa. Sancti Spíritus

Teléfono: Pizarra – 4132 5602 y 4132 5680

HORARIO de LUNES a VIERNES

  • Para solicitar de 8:00 am a 12:00 m
  • Para recoger de 2:00 pm a 4:00 pm

Servicios

Inscripción en el Registro de Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos

Esta inscripción se produce de oficio por parte del Registro, es decir las personas naturales no deberán hacer ninguna gestión.

Actualización de Acta de Declaratoria de Herederos

El Acta de Declaratoria de Herederos que contenga en su margen expresión del tomo y folio tendrá validez por el término de un (1) año contado a partir de su fecha de autorización.

Requisitos:
Presentar el acta de Declaratoria de Herederos que se pretende actualizar.
. Sellos del Timbre por el valor correspondiente como impuesto que grava la actualización de la Declaratoria de Herederos.

  • Para las personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional, y personas jurídicas estatales y no estatales:  5.00 pesos cubanos 
  • Para las personas naturales no residentes permanentes en el territorio nacional:  125.00 pesos cubanos 

Solicitud de certificaciones de Actos de Última Voluntad o de Declaratoria de Herederos

Las certificaciones expedidas por el Registro constituyen prueba eficaz y segura de la existencia de actos de última voluntad y de declaratoria de herederos, requisito indispensable para la adjudicación hereditaria.

Las certificaciones que el Registro expide resultan imprescindibles para:

  • Promover cualquier proceso sucesorio, ya sea por vía notarial o judicial.
  • Promover una declaración de herederos por vía judicial o notarial.
  • Promover un proceso sucesorio de testamentaria.
  • Solicitar la autorización notarial de escritura de adjudicación de herencia testamentaria o intestada.

Requisitos a presentar

  • Acta de Declaratoria de Herederos
  • Sellos del Timbre por el valor correspondiente como impuesto que grava la actualización de la Declaratoria de Herederos.

    • Para las personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional, y personas jurídicas estatales y no estatales:  5.00 pesos cubanos 
    • Para las personas naturales no residentes permanentes en el territorio nacional:  125.00 pesos cubanos 

Formulario en línea para la solicitud de Actos de última voluntad y declaratoria de herederos

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