Las rutas trazadas por el Parlamento cubano

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El impacto de la pandemia de la COVID-19 en Cuba ha sido transversal a varios procesos y sectores. Es por eso que el cronograma legislativo aprobado a finales del 2019 tuvo que sufrir modificaciones y algunas de sus actividades han sido pospuestas. No obstante, a pesar de situación excepcional causada por el nuevo coronavirus, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) no ha parado durante este 2020.

Parlamento cubano somete a aprobación cuatro proyectos de ley

En su Quinto Período Ordinario de sesiones, la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) aprobó este miércoles cuatro leyes que fortalecen la institucionalidad del Estado cubano y forman parte del cronograma legislativo pautado por la nueva Constitución. 

Reunidos por primera vez de manera virtual, los legisladores refrendaron las leyes del Servicio Exterior; de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros; de Revocación de los Elegidos a los Órganos del Poder Popular, y del Presidente y Vicepresidente de la República.

En dos reuniones anteriores, los diputados analizaron con rigurosidad cada proyecto y propusieron modificaciones o añadidos, además de los aportes de la población a través del correo electrónico de la Asamblea Nacional. 

Ley del Servicio Exterior

Al presentar en el Palacio de Convenciones de La Habana el proyecto de Ley del Servicio Exterior, el canciller cubano Bruno Rodríguez Parrilla dijo que su elaboración contó con una alta participación de los ciudadanos y diputados.  

De 38 artículos y disposiciones, 24 fueron modificados, además de dos títulos de capítulos, una sección y dos párrafos de la fundamentación del proyecto. 

“Esta ley contribuirá a fortalecer la unidad, coherencia, planificación y eficacia en la participación de los organismos, entidades y directivos del ministerio”, destacó el jefe de la diplomacia cubana.  

Dijo que desde el 10 de octubre de 1868 “nuestros próceres fundaron un servicio exterior basado en la soberanía, la vocación de que patria es humanidad, la integración latinoamericana y los conceptos antiimperialistas”. 

En la actualidad, Cuba mantiene relaciones diplomáticas con 197 estados y organizaciones internacionales. Cuenta con 127 misiones diplomáticas en el exterior, desde las cuales se atienden 69 países por concurrencia. 

  • 149 oficinas consulares.
  • 1 325 integrantes del servicio externo de Cuba.
  • 122 misiones diplomáticas extranjeras acreditadas en nuestro país.

Ley de revocación de los elegidos a los órganos del Poder Popular

Consta de nueve capítulos, 13 secciones, 62 artículos, cuatro disposiciones especiales y dos disposiciones finales en su contenido.

El jefe de la Comisión Permanente de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, José Luis Toledo Santander, comentó que la revocación del mandato debe apreciarse íntimamente vinculada con el proceso de institucionalización del país, a partir de la creación de los órganos del Poder Popular.

Mediante esta ley se establecen los procedimientos de revocación de delegados a las asambleas municipales, presidentes y vicepresidentes de los consejos populares; presidentes y vicepresidentes de las asambleas municipales; gobernadores y vicegobernadores; diputados, presidente, vicepresidente y secretario de la Asamblea Nacional; miembros del Consejo de Estado, y presidente y vicepresidente de la República.

Se regulan los procedimientos que se establecen para la revocación de las nuevas autoridades reconocidas al amparo de la Constitución vigente. Tal es el caso de los gobernadores y vicegobernadores, así como del presidente y vicepresidente del país.

Ley de Organización y Funcionamiento del Consejo de Ministros

Como aspectos novedosos, destacan el procedimiento reglamentario de este órgano, la funcionalidad del primer ministro y los ministros, la facultad para promover reformas a la Constitución y las relaciones del Consejo de Ministros con los órganos, organismos y entidades del Estado y con la población, lo cual posibilita su pleno funcionamiento en correspondencia con los preceptos constitucionales y las leyes del país.

Recibió en total 13 planteamientos, cuatro esclarecimientos de dudas y nueve modificaciones. Entre las modificaciones aceptadas estuvo la de fusionar los artículos 29 y 30 para quedas así: “El Consejo de Ministros emite decretos, acuerdos y circulares, los que se firman por el Primer Ministro”.

Ley del Presidente y el Vicepresidente

Pauta el ejercicio de las funciones del jefe de Estado y el ámbito de actuación del vicepresidente, dijo Elba Martínez Amador, jefa del Grupo de Asesoría Jurídica del Consejo de Ministros. 

Esta norma propone sistematizar las atribuciones que en diferentes disposiciones del ordenamiento jurídico se confieren al presidente de la República y valorar otras que son ineludibles para la articulación y el ejercicio de las funciones representativas del Estado, de dirección de la política general, la política exterior, las relaciones con otros Estados y lo relativo a la defensa y la seguridad nacionales.

El texto, resultado también de las propuestas de 22 diputados y de 21 planteamientos de la población mediante correo electrónico, consta de 18 capítulos, 130 artículos, una disposición transitoria y tres finales. 

Entre los aspectos novedosos están la rendición de cuenta del presidente ante la Asamblea Nacional y el otorgamiento de condecoraciones y títulos honoríficos. 

La jefa del Grupo de Asesoría Jurídica del Consejo de Ministros, Elba Martínez Amador, destacó que se recibieron 13 intervenciones de diputados y 16 planteamientos, dos esclarecimientos de dudas y 14 modificaciones. Esto terminó en nueve cambios de redacción en siete artículos. Tal fue el caso del Artículo 14.1 que quedó de la siguiente manera: “cuando falta simultánea y definitivamente el presidente y vicepresidente de la República, la Asamblea del Poder Popular elige al sustituto”.

Información de CUBAHORA Y CUBADEBATE


 

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