Requisitos para el sacrificio, consumo y comercialización de carne de res en Cuba 

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El Ministerio de la Agricultura considerará los resultados del productor en el pasado 2020

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Las recientes medidas aprobadas para dinamizar al sector agropecuario en el país confirieron legalidad al sacrificio, consumo y comercialización de la carne bovina (vacuna y bufalina), no así del equino, siempre y cuando el productor cumpla un grupo de requisitos que fueron adelantados en Sancti Spíritus por Ydael Pérez Brito, ministro de la Agricultura.

En el reciente seminario de capacitación a los productores de la provincia espirituana sobre las nuevas medidas dispuestas por el Gobierno cubano para estimular la producción agropecuaria, el titular del Minag explicó que la estadística para el sacrificio considera el año terminado y aseguró que en mayo se evaluará el resultado que tuvieron los productores en la actividad ganadera durante el 2020.

Más allá de la legalidad, la popular medida tiene, entre otros, objetivos bien delineados: estimular el crecimiento de la masa ganadera, incentivar en los productores el interés por la crianza del ganado bovino y vender a la población productos cárnicos a precios por acuerdo; “pero también hay que cumplir requisitos para el sacrificio, consumo y comercialización y, una vez iniciado el trámite por el productor, la Delegación de la Agricultura tiene una semana para dar respuesta”, acotó el Ministro de la Agricultura.

“Primero, estar acreditado y actualizado como tenente en el registro de la tierra y en el de control pecuario; además, cumplir los compromisos del encargo estatal establecidos en el contrato y mantener el crecimiento del rebaño total; el tenedor de ganado sin tierra no está autorizado a matar, si quiere, debe pedir tierra”, enfatizó.

Se autoriza el sacrificio de los machos en categoría de añojo, torete y toro y las hembras de desecho por estar no aptas para la reproducción. Tampoco se puede tener faltantes en el ganado bovino; las primeras aprobaciones para matar se realizarán a partir de mayo con el cierre del  2020, de manera que si el productor demuestra que no creció la masa, pero cumplió la entrega de leche y carne el año pasado puede sacrificar según la proporción fijada.

“Todas las formas productivas pueden sacrificar para el consumo y la comercialización un animal de cada tres de incremento en su rebaño; o sea, si crece en tres, mata uno; si aumenta en seis, mata dos, si creció en nueve, mata tres, y así sucesivamente; ¿que hace falta?, ser propietario de ganado con tierra, actualizar el control pecuario, alimentar el ganado, darle agua, preocuparse por la reproducción, cuidar el rebaño y que crezca, entonces se puede matar y comercializar la carne de res”, señaló Pérez Brito.

Asimismo, explicó que el sacrificio se regirá por precios por acuerdo entre las partes —matadero o loza sanitaria y productor—, también estará sujeto a la certificación sanitaria requerida y la salida de la carne del matadero llevará la factura correspondiente.

“El productor puede comer carne —detalló el Ministro de la Agricultura—, darle a la hermana si vive al lado, pero lo que no puede es vender en la casa; la parte que vaya a comercializar es en la red especializada aprobada por el Gobierno del municipio, cumpliendo las regulaciones sanitarias vigentes y a precio por acuerdo; también puede vender al Turismo, cadenas de tiendas, mercado en MLC y en la Zona Especial Desarrollo Mariel.

“Vamos a defender una política de comercialización altamente flexible, pero no es un desorden”, precisó Ydael Pérez Brito y añadió que lo más importante es el crecimiento de la masa ganadera y sostenerlo porque esta es una medida de gran impacto popular.

 

Información de ESCAMBRAY


 

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